La cédula de habitabilidad es un documento administrativo que acredita que una vivienda es apta para ser destinada a residencia de las personas y tiene las condiciones técnicas de habitabilidad, según la normativa vigente.
Puede solicitarla el propietario de la vivienda, el administrador o un representante autorizado.
Es necesaria por:
Transmitir una vivienda en venta, alquiler o cesión de uso, en primera transmisión o transmisiones posteriores.
Darse de alta de los servicios de agua, electricidad, gas, telecomunicaciones y otros servicios.
Hay diferentes tipos de cédulas:
De primera ocupación: cuando se refiere a viviendas de nueva construcción.
De primera ocupación de rehabilitación: cuando se refiere a viviendas que son el resultado de una intervención o proceso de rehabilitación o gran rehabilitación (aumento del número de viviendas, cambio de uso para crear una vivienda, redistribución total de la vivienda: ampliaciones, remontes y derribo de todo el edificio en el que se dejan únicamente las fachadas).
De segunda ocupación: cuando se refiere a viviendas existentes.
Con la llegada del Real Decreto 235/2013, se establece que todo aquel propietario que desee alquilar o vender su vivienda, tiene la obligación de “poner a disposición de los compradores o usuarios de los edificios un certificado de eficiencia energética que deberá incluir información objetiva sobre la eficiencia energética de un edificio y valores de referencia tales como requisitos mínimos de eficiencia energética con el fin de que los propietarios o arrendatarios del edificio o de una unidad de éste puedan comparar y evaluar su eficiencia energética”.
Hay algunas excepciones, como:
Es un documento que indica cuánta energía consume una vivienda para funcionar en condiciones normales y, a su vez, acredita el nivel de eficiencia en el consumo energético. Gracias a este, se pueden conocer las condiciones energéticas en las que se encuentra la casa.
La finalidad de la obtención del certificado energético de la vivienda es reducir al mínimo el consumo de energía en los hogares. Con respecto a la vigencia, normalmente es de 10 años, aunque en caso de que la calificación energética sea G, la validez máxima del certificado es de cinco años.